viernes, 19 de octubre de 2007

El Congreso autoriza la adhesión española a la Convención de la ONU sobre Discapacidad

SERVIMEDIA
Fecha de Publicación:
18/10/2007

Este texto, que ahora pasará al Senado, obliga a los países que lo ratifiquen a prohibir la discriminación basada en las discapacidades

El Pleno del Congreso de los Diputados autorizó hoy la adhesión de España a la Convención de la ONU sobre la Discapacidad. Esta convención obliga a los países que la ratifican a reconocer que todas las personas son iguales ante la ley, a prohibir la discriminación basada en las discapacidades y a garantizar igual protección de la norma para todos.

"Después del Congreso", la tramitación de esta adhesión irá al Senado, "donde pediremos que vaya de forma rápida, para tratar de que esté lista para el 3 de diciembre", Día Internacional de las Personas con Discapacidad, informó el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) a Servimedia.

Según afirmó en su día el embajador neozelandés Don MacKay, presidente del Comité Especial que negoció el texto, el objetivo de la convención es "elaborar detalladamente los derechos de las personas con discapacidades y establecer un código de aplicación".

En virtud de este texto, los países que se unan a la convención se comprometen a elaborar y poner en práctica políticas, leyes y medidas administrativas para asegurar los derechos reconocidos en el documento y abolir las leyes, reglamentos, costumbres y prácticas que constituyen discriminación.

En esta línea, los países que ratifiquen la convención deben combatir los estereotipos y prejuicios y hacer valer las capacidades de las personas con discapacidad.

Del mismo modo, quienes se adhieran a este texto deben garantizar que las personas con discapacidad disfruten del derecho inherente a la vida en un pie de igualdad con otras personas, asegurar la igualdad de derechos y proteger a los niños con discapacidad.

Los niños con discapacidad tendrán igualdad de derechos y no se les separará de sus padres contra su voluntad, excepto cuando las autoridades determinen que es en el interés superior del niño.

ACCESIBILIDAD En cuanto a la cuestión de la accesibilidad, la convención requiere que los países identifiquen y eliminen los obstáculos y las barreras y aseguren que las personas con discapacidad puedan tener acceso a su entorno, al transporte, las instalaciones y los servicios públicos, así como a las tecnologías de la información y las comunicaciones.

Igualmente, el texto indica que debe promoverse la movilidad personal y la independencia de las personas con discapacidad, a quien ha de facilitarse la movilidad personal asequible, la capacitación al respecto y el acceso a ayudas para la movilidad, aparatos, tecnologías de asistencia y asistencia personal.

En su artículo 21, la convención señala que los países deben promover el acceso a la información, proporcionando la información prevista para el público en general en formatos y tecnologías accesibles, facilitando el uso del braille, la lengua de signos y otras formas de comunicación y alentando a los medios de comunicación y a los proveedores de Internet a ofrecer información en línea en formatos accesibles.

En la misma línea, el documento indica que los países deben promover la participación de las personas con discapacidad en la vida cultural, el recreo

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