miércoles, 19 de diciembre de 2007

Legislación Española.

Quienes conculquen los derechos de las personas con discapacidad serán sancionados con multas de hasta un millón de euros

SERVIMEDIA
Fecha de Publicación:
18/12/2007

- La norma, aprobada en el Parlamento, sancionará las conductas que discriminen o vulneren las leyes de accesibilidad - El Cermi aplaude el texto porque "ayudará a combatir las discriminaciones y ausencia de igualdad de oportunidades que aún sufren las personas con discapacidad"

La Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales del Senado aprobó hoy por unanimidad y de forma definitiva, pues tiene competencias legislativas plenas, el proyecto de ley que regulará las sanciones que deberán pagar las empresas por vulnerar los derechos de las personas con discapacidad.

Estas infracciones serán "leves", "graves" o "muy graves", según la importancia de los hechos punibles, y acarrearán unas multas con cuantías que irán desde un mínimo de 301 euros hasta un máximo de un millón de euros.

Los criterios tenidos en cuenta en la graduación de las sanciones serán la intencionalidad del sujeto infractor, la negligencia, el fraude, el incumplimiento de las advertencias previas, el volumen de negocio y el número de personas afectadas.

INFRACCIONES
Se considerarán infracciones administrativas las vulneraciones del derecho a la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad cuando se produzcan discriminaciones directas o indirectas, acosos, incumplimiento de las exigencias de accesibilidad y de realizar ajustes razonables.

Del mismo modo, la ley tipifica como infracciones el incumplimiento de las medidas de acción positiva legalmente establecidas, especialmente cuando se deriven beneficios económicos para el infractor.

Por ejemplo, el texto considera graves los actos discriminatorios que supongan un trato menos favorable para las personas con discapacidad en relación con otras personas que se encuentren en situaciones análogas o comparables, y como muy grave el incumplimiento reiterado de los requisitos necesarios para poner en práctica la Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad (Liondau).

INFORMACIÓN ANUAL
La norma incluye una disposición adicional que señala, textualmente, que "el Gobierno, durante los cuatro primeros años posteriores a la entrada en vigor de la ley, presentará a las Cortes Generales un informe anual en el que dé cuenta al menos de las actuaciones efectuadas cada año para la aplicación de la ley".

Del mismo modo, deberá informar del coste económico de dichas actuaciones; de las actuaciones programadas para años sucesivos, con información del coste previsto, y de las infracciones cometidas y las sanciones impuestas en aplicación de esta ley, con especificación del rendimiento económico que han producido.

APLAUSO DEL CERMI
Los grupos parlamentarios de la Cámara Baja destacaron el "buen clima de trabajo" que ha habido en la comisión y subrayaron el "consenso" que existe entre las formaciones políticas a la hora de abordar aspectos relacionados con la discapacidad.

Por su parte, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) mostró su satisfacción con el hecho de que el Senado, por unanimidad de todos los grupos parlamentarios, haya aprobado definitivamente este proyecto de ley, que entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El CERMI considera que la futura norma "ayudará a combatir las discriminaciones y ausencia de igualdad de oportunidades de todo tipo que aún sufren las personas con discapacidad".

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