martes, 10 de junio de 2008

La industria regula su relación con las asociaciones de

pacientes.


El código europeo entrará en vigor en julio y se aplicará a más de 1.200 compañías.

06 Junio 2008 · Marcos López. Bruselas
El próximo 1 de julio entrará en vigor en Europa el “Código de conducta para las relaciones entre la industria farmacéutica y las organizaciones de pacientes”, documento elaborado por la Federación Europea de Asociaciones e Industrias Farmacéuticas (EFPIA), institución que engloba a las asociaciones nacionales de la industria de 30 países, con el objetivo de garantizar la ética y la transparencia en las relaciones entre las compañías y las organizaciones de pacientes.

Las asociaciones de pacientes necesitan del apoyo de la industria farmacéutica para desarrollar sus programas dirigidos a mejorar los cuidados y la calidad de vida de los pacientes y, como reconoce la propia EFPIA, el conocimiento que, tanto de las necesidades de los pacientes como sobre los distintos aspectos relacionados con la investigación y los medicamentos, atesora la industria mejora significativamente gracias a la colaboración que establece con estas organizaciones. De ahí la necesidad de velar por que esta relación se atenga a principios éticos y de transparencia.

Mecanismos nacionales

El código será aplicado a las cerca de 1.200 compañías representadas directa o indirectamente por la EFPIA, incluidas aquellas englobadas en sus grupos especializados: Empresas Biofarmacéuticas Europeas y Fabricantes Europeos de Vacunas. Por último, la Federación ha anunciado la publicación, con fecha límite 1 de abril de 2009, de un listado en el que figurarán todas las asociaciones de pacientes financiadas por la industria. Además, el código será revisado al año de su aprobación.

Farmaindustria, la asociación empresarial española de la industria farmacéutica innovadora, tiene previsto aprobar en unas semanas su propio “Código de Buenas Prácticas de Interrelación con las Organizaciones de Pacientes”, que recoge, amplía y detalla los objetivos del código de conducta europeo.

http://www.efpia.eu/


Compromiso de 7 puntos
El código de la EFPIA, en el que también se basará el español, puede resumirse en 7 puntos principales:
--1. No promoción: prohibición de la promoción de medicamentos de prescripción dirigida al público en general.

--2. Claridad: la colaboración entre compañías farmacéuticas y organizaciones de pacientes se documentará por escrito, definiendo en concreto el apoyo –sea cual sea– que prestan las empresas.
--3. Logotipos y materiales registrados de las asociaciones de pacientes: su utilización requerirá el consentimiento previo, debiendo indicarse claramente su propósito y forma.
--4. Control editorial: los laboratorios no influirán en el contenido editorial para favorecer sus propios intereses comerciales.
--5. Transparencia: cada compañía hará público a qué organización apoya y de qué forma. Además, garantizará que su patrocinio sea claramente reconocido.
--6. Diversificación de los fondos: la industria fomentará que las asociaciones de pacientes cuenten con múltiples fuentes de financiación y no solicitarán patrocinios en exclusiva.
--7. Hospitalidad razonable: Toda forma de hospitalidad proporcionada por la industria a organizaciones de pacientes será razonable y de carácter secundario al fin del acto a celebrar

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