lunes, 31 de diciembre de 2007

Entra en vigor la ley para cobrar más si se retrasa la jubilación

Retirarse a los 70 años permitirá elevar las pensiones hasta un 15%
Principales novedades de la
reforma de las pensiones

SERVIMEDIA - Madrid - 31/12/2007
-Periodo mínimo de cotización: El tiempo mínimo para acceder a una pensión pasa de 12,5 a 15 años efectivos al no computarse las pagas extraordinarias.
-Extender la vida laboral: Los trabajadores que se jubilen después de los 65 recibirán un 2% más de su pensión por cada año cotizado a partir de esta edad. El aumento llega al 3% si se acredita tener más de 40 años cotizados.
-Pensión máxima: En caso de que se supere la cantidad máxima, se percibirá una cantidad a tanto aplazado en función de los años cotizados.
-Servicio militar: La mili se computará como tiempo cotizado para las jubilaciones parciales.
-Jubilación adelantada: La norma reduce la edad de retiro para las personas con discapacidad y mejora las pensiones para quienes se prejubilaron antes de 2002.
-Despidos y Expedientes de Regulación: Mejoras para los trabajadores que se jubilen anticipadamente tras un despido si tienen un mínimo de 35 años cotizados. Acogerse a un Expediente de Regulación (ERE) se considerará extinción involuntaria de la relación laboral.
-Parejas de hecho: Se reconoce la pensión de viudedad para las parejas de hecho.

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